Micelio
Auto22 de mayo de 2006

A- de 2006

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Ortiz Amado Jose Ariolfo·Demandado Fondo De Prevision Social Del Congreso De La Republica

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso Y La Igualdad Por El No Reconocimiento De La Pension Teniendo En Cuenta El Ingreso Mensual Promedio De Un Congresista En El Año 2002. Solicita Se Ordene La Reliquidacion De La Pension Y El Pago De Las Mesadas Pensionales Atrasadas, Reajustes E Intereses. El Juzgado De Instancia Concedio La Tutela Como Mecanismo Transitorio Y El Fondo De Prevision Impugno La Decision Siendo El Recurso De Apelacion Rechazado Por Falta De Legitimidad Del Jefe De La Division De Prestaciones Economicas De La Entidad. La Representacion De Las Entidades Publicas En El Tramite De Tutela Y En Particular Del Fondo De Prevision Social Del Congreso. Para La Sala Se Ha Configurado Respecto Del Fondo De Prevision Social Del Congreso Una Pretermision De Instacia, Que Se Inscribe Dentro De Las Causales De Nulidad Prevista En El Numeral 3 Del Articulo 140 Del Codigo De Procedimiento Civil. Declara La Nulidad De Lo Actuado Y Ordena Remitir El Expediente De La Accion De Tutela Al Tribunal Susperior Del Distrito Judicial De Bogota Para El Tramite Del Recurso De Apelacion
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Representación de entidades públicas puede ejercerse por funcionarios distintos del representante legal
Legitimacion Por Pasiva En Tutela
  • Conocimiento de la acción por funcionario y no por representante legal
Accion De Tutela Contra Fondo De Prevision Social Del Congreso
  • Nulidad por pretermisión de instancia
  • Remisión expediente por nulidad de todo lo actuado para que se de trámite a impugnación presentada
Principio De Informalidad
  • Cumple presupuesto de legitimación en la causa por pasiva por dirigir demanda contra el Fondo de Previsión Social del Congreso
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DECLARAR la nulidad de todo lo actuado a partir del Auto de octubre 7 de 2005 proferido por el Juzgado Treinta y Uno Penal del Circuito de Bogota, mediante el cual se rechazo la impugnacion formulada por el Jefe de Division de Prestaciones Economicas del Fondo de Prevision Social del Congreso, senor Jesus Alberto Ramos Herrera contra el fallo de primera instancia.
  2. SEGUNDO. REMITIR por Secretaria General de esta Corporacion, el expediente contentivo de la accion de tutela de la referencia al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, para que este de tramite al recurso de apelacion interpuesto en los terminos del articulo 32 del Decreto 2591 de 1991.
  3. TERCERO. COMUNICAR al Juzgado Treinta Uno Penal del Circuito de Bogota, la orden de envio del expediente contentivo de la accion de tutela de la referencia al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, prevista en el numeral
  4. segundo. del presente Auto.
  5. CUARTO. Surtida la segunda instancia, devuelvase el presente expediente a la Corte Constitucional para su eventual revision, tal como lo ordena el Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.